A condición de que no confluyan en ningún de estos casos zonas o locales de aventura particular detención, o zonas de uso almacén, con independencia de la función inspectora asignada a los servicios competentes en materia de industria de la comunidad autónoma y de las operaciones de mantenimiento previstas en este reglamento.
Correspondientes al uso de la edificación y su Corro de ocupación, por lo tanto, el propósito de este capítulo J es el establecer los requisitos con pulvínulo en las siguientes premisas:
Seguridad contra incendios. Actas de mantenimiento de las instalaciones y equipos de protección contra incendios. Parte 14: Sistemas de control de temperatura y defecación de humos.
Sistemas fijos de cese de incendios — Componentes para sistemas de acabamiento mediante agentes gaseosos — Parte 7: Requisitos y métodos de Adiestramiento para difusores para sistemas de CO2.
«– Toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o establecimiento en el que esté integrado debe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los siguientes límites:
Adicionalmente se introducen modificaciones en las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, aprobado por el Vivo Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, con el objetivo de mejorar y actualizar su contenido en varios aspectos que se han detectado convenientes.
f) Disponer de un certificado de Servicio calidad del sistema de gobierno de la calidad implantado, emitido por una entidad de certificación acreditada, según los procedimientos establecidos en el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial, aprobado por Efectivo Decreto 2200/1995, Mas información de 28 de diciembre.
3. En el caso de cese de la actividad, prohibición temporal de personarse una nueva afirmación responsable o en el caso de modificaciones de datos a los que se refieren los apartados anteriores, el órgano competente de la Comunidad Autónoma modernizará los datos en el Registro Integrado Industrial, regulado en el título IV de la índole 21/1992.
Durante el citado plazo de aplicación facultativa podrá optarse por aplicar el Reglamento de Mas información seguridad contra incendios en los establecimientos industriales ratificado por el presente Existente decreto o, de lo contrario, deberá aplicarse el Reglamento válido con anticipación, admitido por el Efectivo Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre.
Distribución estratégica de hidrantes y rociadores:Ubicar estos medios estratégicamente para maximizar la cobertura y minimizar tiempos de respuesta.
Sistemas para el control de humos y de calor. Parte 2: Especificaciones para aireadores de linaje natural de humos y calor.
Las modificaciones introducidas por las disposiciones finales tercera, cuarta, finca y sexta serán de aplicación obligatoria a los seis meses de la entrada en vigor del presente Existente decreto.
Si se opta por aplicar el Reglamento aprobado por el Efectivo Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, dichos Mas información establecimientos dispondrán de un plazo mayor de cuatro primaveras desde la entrada en vigor de este Existente decreto para finalizar la construcción y ponerse en marcha.
a) Realizar las actividades de mantenimiento exigidas en este Reglamento a los Mas información equipos o sistemas, de acuerdo con los plazos reglamentarios, utilizando recambios y piezas originales, siempre y cuando afecten a la certificación del producto.